Tribunal de Izabal suspende proyecto de cárcel por amparo

Escrito el 28/03/2026

Tribunal de Izabal suspende proyecto de cárcel por amparo

Lo que necesitas saber: Un tribunal de Izabal ha otorgado un amparo provisional que suspende la construcción de una cárcel de máxima seguridad en Morales debido a riesgos de inundación.

La Sala Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Izabal, constituida como Tribunal de Amparo en Puerto Barrios, dictó el 27 de marzo de 2026 una resolución que otorga un amparo provisional, deteniendo la construcción de un centro de detención y cumplimiento de condena de máxima seguridad en el municipio de Morales, tras una acción promovida por Cresencia Antonia Guerra Hernández de Guerra, Evelyn Liliana Guerra Perdomo, Rogelio Vanegas y Carlos Armando García Mancilla.

Suspensión de Construcción de Cárcel

El tribunal concedió el amparo provisional solicitado por los amparistas contra el Ministro de Gobernación (MINGOB) y el Ministro de la Defensa Nacional (MINDEF). La decisión suspende la construcción de la denominada «Cárcel de Máxima Seguridad», diseñada para integrantes de maras, pandillas y grupos criminales organizados transnacionales y terroristas.

Razones para el Amparo Provisional

La suspensión se fundamenta en un «evidente riesgo» de violaciones a derechos constitucionales. Los magistrados consideraron que la ubicación propuesta en Morales, Izabal, cercana al área más grande del municipio, presenta un alto riesgo de inundación. Este factor podría generar la necesidad de trasladar a los privados de libertad de emergencia, con posibles pérdidas materiales o humanas, y atentaría contra los derechos humanos.

Además, el tribunal señaló posibles violaciones al derecho a la vida, al debido proceso, a la protección de la persona, a los deberes del Estado, a la autonomía municipal y a la ley de contrataciones.

Proceso Judicial y Remisión del Caso

Como parte de la resolución, se ordenó a las autoridades impugnadas, el Ministerio de Gobernación y el Ministerio de la Defensa Nacional, informar en un plazo de veinticuatro horas sobre el cumplimiento de la suspensión provisional. Posteriormente, el tribunal se inhibirá de conocer el caso por razones de competencia territorial y jerarquía.

La acción constitucional de amparo será remitida al Centro de Servicios Auxiliares de la Administración de Justicia Civil, Económico Coactivo y Contencioso Administrativo en la Ciudad de Guatemala para su asignación al órgano jurisdiccional competente.

Preguntas frecuentes sobre el amparo

¿Qué es un amparo provisional?

Un amparo provisional es una medida cautelar dictada por un tribunal de amparo para suspender de manera inmediata un acto, resolución o procedimiento que se considera violatorio de derechos fundamentales, mientras se resuelve el fondo del asunto. Busca evitar daños irreparables o de difícil reparación.

¿Por qué se suspendió la construcción de la cárcel?

La construcción de la cárcel de máxima seguridad fue suspendida debido a un amparo provisional que argumenta un alto riesgo de inundación en el sitio propuesto en Morales, Izabal. Esta situación podría poner en peligro la vida y los derechos humanos de los privados de libertad y la población cercana, además de posibles violaciones a normativas legales.

¿Qué autoridades fueron señaladas en el amparo?

Las autoridades señaladas en la acción constitucional de amparo fueron el Ministro de Gobernación (MINGOB) y el Ministro de la Defensa Nacional (MINDEF). A estas autoridades se les solicitó un informe sobre el cumplimiento de la suspensión provisional de la construcción de la cárcel.