En una decisión de alto impacto institucional, el Ministerio Público (MP) notificó oficialmente la remoción de José Rafael Curruchiche Cucul de su cargo como Fiscal de Sección de la Fiscalía Especial Contra la Impunidad (FECI).
La medida quedó en firme mediante el Acuerdo Número 771-2026, emitido y firmado este miércoles 20 de mayo de 2026 por el Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público, Gabriel Estuardo García Luna.
Los argumentos legales de la destitución
El documento oficial fundamenta la salida de Curruchiche bajo el criterio de que el cargo que ocupaba es un puesto de confianza, de libre nombramiento y remoción, de acuerdo con la estructura organizativa de la institución.
El acuerdo cita normativas clave para respaldar la decisión:
Ley Orgánica del Ministerio Público (Artículo 27): Establece que los Fiscales de Sección constituyen puestos de responsabilidad patronal y confianza, con funciones de dirección y administración.
Constitución Política de la República: Se ampara en las facultades otorgadas en los artículos 106, 118 y 251.
Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo: Hace referencia a la estabilidad laboral, aclarando las excepciones aplicables a los cargos de alta confianza.
El texto de la resolución es taxativo en su parte resolutiva:
«ARTÍCULO 1. LA REMOCIÓN DE JOSÉ RAFAEL CURRUCHICHE CUCUL del puesto de FISCAL DE SECCIÓN FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA IMPUNIDAD -FECI- DE LA FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA IMPUNIDAD -FECI-…»
Liquidación y entrega de cargo
El acuerdo establece que el cese de funciones es de vigencia inmediata a partir de la fecha de su notificación. Asimismo, ordena el pago de las prestaciones laborales que por ley le correspondan a Curruchiche, una vez se hayan completado los requisitos legales exigidos.
Como parte del protocolo institucional de salida, se le instruyó a coordinar la entrega formal de su despacho (acta de entrega de mesa y cargo), remitiendo copia digital de la misma a la Dirección de Recursos Humanos del MP.
Fiscalización patrimonial
Finalmente, la notificación advierte al exfiscal de la FECI que, por mandato del Decreto 88-2002 (Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos), dispone de un plazo no mayor a 30 días hábiles para presentarse ante la Contraloría General de Cuentas (CGC). En dicha instancia, deberá entregar su declaración jurada patrimonial de cese de funciones, un requisito obligatorio para los funcionarios públicos que abandonan este tipo de cargos.