En respuesta al clamor ciudadano, el Congreso de la República aprobó de urgencia nacional el Decreto 22-2026, que establece la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustible.
La normativa contó con el respaldo de 148 diputados y elimina de forma transitoria el IDP y el IVA a la gasolina superior, regular y diésel hasta el próximo 31 de diciembre de 2026.
A partir del 1 de enero de 2027, los hidrocarburos volverán a estar sujetos a sus tarifas tributarias ordinarias de manera automática, según lo estipulado por la X Legislatura.
Cálculos, rebajas y nuevos precios
La Ley contempla una reducción estimada del IVA de Q4.71 por galón para la superior, Q4.60 para la regular y Q5.04 para el diésel y gas oil. Además, se estima una reducción por el IDP de Q4.70 para la superior, Q4.60 para la regular y Q1.30 para el diésel.
En resumen, si la normativa se aplicara hoy, la rebaja sería de hasta Q9.41 por galón para la gasolina superior, Q9.10 para la regular y Q6.34 para el diésel y gas oil.
No obstante, los precios finales en las estaciones de servicio estarán sujetos a que los expendedores trasladen de manera íntegra, es decir, el 100% de la exención al precio que paga el consumidor.
Tomando en cuenta los precios actuales de referencia (regular a Q43.29, superior a Q45.29 y diésel a Q49.39), el galón de superior pasaría a costar aproximadamente Q35.88, la regular Q34.19 y el diésel Q43.05.
Para garantizar este beneficio, el Ministerio de Energía y Minas, la Diaco y la SAT supervisarán el traslado íntegro de la exención, sancionando a quienes incumplan y prohibiendo la exportación de carburantes exentos.

