Congreso aprueba beneficios fiscales para donaciones de EE. UU.

Escrito el 28/10/2026

El pleno del Congreso de la República aprobó el Decreto 25-2026, una normativa orientada a fortalecer la cooperación internacional y el desarrollo social en el país. Esta disposición legal concede la exoneración fiscal a los programas de asistencia impulsados por el gobierno estadounidense.

Exoneración de IVA y aranceles a importaciones

La ley establece una exoneración específica del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de los derechos arancelarios a las importaciones de bienes, suministros, donaciones e insumos realizadas por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA).

  • Ámbito de aplicación: Los insumos importados deberán destinarse exclusivamente a programas de cooperación y beneficencia ejecutados dentro del marco de sus estatutos y proyectos de asistencia social.

  • Enfoque de desarrollo: Las iniciativas priorizan la mejora de la educación, la nutrición, la lucha contra la desnutrición infantil crónica y el impulso de la productividad agrícola en beneficio del desarrollo económico nacional.

Mecanismos de fiscalización y vigencia

El decreto estipula que la correcta utilización del beneficio fiscal estará bajo la fiscalización exclusiva de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

  • Control gubernamental: Por su parte, la Contraloría General de Cuentas ejercerá sus funciones de control sobre el manejo, recepción y ejecución de las donaciones destinadas a entidades gubernamentales.

  • Plazo de vigencia: La normativa tendrá una vigencia establecida de diez años, asegurando la continuidad de los proyectos de cooperación bilateral.

  • Publicación oficial: El decreto fue remitido al Organismo Ejecutivo para su sanción, promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial, entrando en vigencia al día siguiente de su divulgación.