¿Cómo saber si en la factura aplican la exención de IVA e IDP?

Escrito el 01/10/2026

El IVA y el IDP a gasolina regular, superior, diésel, gas oil y alcohol carburante quedan exentos del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026, según el Decreto 22-2026.

La norma, denominada Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, elimina temporalmente dos impuestos que inciden directamente en el precio de los combustibles. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ya realizó modificaciones en los sistemas de Factura Electrónica en Línea (FEL) y ajustes en declaraciones aduaneras e incisos arancelarios para operar bajo el nuevo marco legal.

¿Cómo saber si en la factura aplican la exención de IVA e IDP?

Tasas que dejan de cobrarse

Las tasas exentas del IVA corresponden al 12% para todos los tipos de combustible incluidos en el decreto. En cuanto al IDP, las tarifas que se suspenden son las siguientes por galón:

CombustibleIDP por galón exento
Gasolina regularQ4.60 (aplica al 90% del producto con mezcla de etanol al 10%)
Gasolina superiorQ4.70
Diésel / gas oilQ1.30
Alcohol carburanteN/A

¿Cómo saber si en la factura aplican la exención de IVA e IDP?

Cómo aparecerá en la factura

Los consumidores podrán verificar la exención directamente en su factura electrónica: el monto de ambos impuestos aparecerá en ceros. Además, el documento deberá consignar las frases «Monto de exención temporal de IVA aplicado, según Decreto Número 22-2026» y «Monto de exención temporal de IDP aplicado, según Decreto Número 22-2026», junto con los montos específicos de cada exención.

En paralelo, la SAT implementará controles tributarios que incluyen verificación del cumplimiento de obligaciones en la cadena de comercialización, control de despachos e inventarios, presencias fiscales y atención legal. En materia aduanera, la entidad aplicará selectividad basada en riesgo, reportes sobre importaciones de combustibles y acciones contra el contrabando y la defraudación aduanera.

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